FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD O DEPENDENCIA

La Unidad encargada de finanzas tendrá las siguientes funciones, Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:

Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.
Colaborar con la Secretaria Comunal de Planificación en la elaboración del  presupuesto municipal.
Visar los decretos de pago.
Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
Controlar la gestión financiera de las empresas municipales.
Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República.
Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.


 

ARTÍCULO 26° La Dirección de Administración y Finanzas tendrá como función asesorar al Alcalde en la administración del personal de la municipalidad y en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
a) Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos y egresos municipales.
b) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal.
c) Visar los decretos que irroguen gastos o generen recursos.
d) Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparte la Contraloría General de la República.
e) Controlar la gestión financiera de los recintos y/o empresas municipales.
f) Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta corriente bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República.
g) Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
h) Dirigir, coordinar y visar las actividades financieras de la Municipalidad y de los servicios traspasados.
i) Mantener actualizada la información financiera, presupuestaria y contable poniéndola en conocimiento del Alcalde y demás autoridades que correspondan.
j) Administrar el presupuesto municipal.
k) Efectuar y la administración de los ingresos de acuerdo a lo establecido en la ley de rentas Municipales.
l) Visar los decretos de pagos y las órdenes de compra a fin de controlar la ejecución presupuestaria municipal.
m) Controlar la ejecución financiera de las diversas unidades municipales.
n) Llevar la contabilidad patrimonial y presupuestaria en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto, remitiendo los informes requeridos.
o) Confeccionar el balance presupuestario y patrimonial anual de la Municipalidad, proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
p) Mantener actualizado el estado de los activos y pasivos de la municipalidad, en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revalorizaciones y depreciaciones del mismo.
q) Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales en conformidad con las normas presupuestarias vigentes.
r) Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
s) Confeccionar, mensualmente los estados de caja de las necesidades de diferentes unidades de la municipalidad.
t) Efectuar los trámites para la obtención de los recursos financieros que se asignan a la Municipalidad
u) Manejar las cuentas corrientes bancarias.
v) Refrendar internamente, imputando a los ítems presupuestarios que correspondan, todo egreso municipal ordenado en las resoluciones alcaldicias, así como también imputar los ingresos.
w) Custodiar los dineros en efectivo existentes en caja, y exigir las rendiciones de cuenta a quienes corresponda.
x) Preparar informes periódicos en materia de inversiones, coordinando su acción con la Secretaria Comunal de Planificación para las modificaciones, ajustes, reducciones y nuevos programas y/o proyectos que corresponda.
y) Formar, archivar y custodiar los expedientes de rendiciones de cuentas que deben mantenerse a disposición de la Contraloría General de la República.
z) Presentar rendiciones de cuentas a las entidades, por fondos entregados y destinados a fines específicos.
aa) Mantener actualizado el inventario de los bienes muebles y el catastro de los bienes inmuebles municipales.
bb) Ejecutar y tramitar todo lo relativo a las licencias médicas del personal.
cc) Ejecutar los procedimientos de enajenación de los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad en conformidad con la normativa vigente, y dd) Otras funciones que la ley o el Alcalde le asigne.


 

 

    ORGANIGRAMA

 

    INFORMACIÓN DE CONTACTO

 

Director de Administración y Finanzas Suplente: Luis Antonio Navea Ramos
e-mail: director.finanzas@munisanesteban.cl
Fonos: +56 34 2210190 - +56 34 2210191 | Anexo - 22